Hace 63 años en República Dominicana, “Las Mariposas Mirabal”, como fueron llamadas por el pueblo dominicano a las hermanas Mirabal, fueron asesinadas luego de ser secuestradas, violadas y torturadas por orden del dictador Trujillo en el año 1960.
En el primer encuentro feminista latinoamericano y del Caribe llevado a cabo en el año 1981 en Bogotá, se proclama el 25 de noviembre como el día oficial en el que se conmemora los asesinatos de las militantes y defensoras de los derechos humanos Patricia, Minerva y María Teresa Mirabal.
Unos años más tarde, en la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU) llevada a cabo en 1993 se aprobó la declaración sobre la eliminación de la violencia contra las mujeres, y en el año 1999, por medio de la resolución 54/134, se resolvió que el 25 de noviembre sería la fecha estipulada como el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.
En el año 2009 se promulga en Argentina la Ley 26.485, de protección integral a las mujeres cuya finalidad es prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.
Esta ley define las violencias por motivos de género a: “toda conducta, acción u omisión, que, de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes”.
A partir de la promulgación de la denominada Ley Olimpia, en octubre del 2023, se incorporaron a la Ley N.º 26.485 los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales y la difusión sin consentimiento de cualquier contenido íntimo.
Esta ley te protege de los siguientes tipos de violencias:
- Física: cualquier forma de maltrato o agresión que produzca dolor, daño o riesgo de producirlo y que afecte la integridad física o la vida de la mujer.
- Psicológica: daño emocional que afecte a la mujer en su autoestima o salud mental.
- Sexual: vulneración de los derechos de la mujer acerca de su vida sexual y reproductiva.
- Económica o patrimonial: acciones que ocasionan un menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de la mujer,
- Simbólica: es la que ocurre cuando signos, imágenes, mensajes e ideas ponen en situación de inferioridad por ser mujer.
- Política: es la que trata de impedir el desarrollo en la vida política o el ejercicio de los derechos y deberes políticos.
- Digital: toda conducta, acción u omisión en contra de las mujeres basada en su género que sea cometida, instigada o agravada, en parte o en su totalidad, con la asistencia, utilización y/o apropiación de las tecnologías de la información y la comunicación, con el objeto de causar daños físicos, psicológicos, económicos, sexuales o morales tanto en el ámbito privado como en el público a ellas o su grupo familiar (incorporado por art. 4° de la Ley N.º 27736/23).
La violencia puede tener muchas formas, incluído el acoso sexual callejero, laboral, institucional e incluso en profesionales de la salud.
Para prevenir y erradicar la violencia por razones de género
• Asistí a talleres sobre sexualidad femenina.
• Promove el cumplimiento de la ley de educación sexual integral.
• Créele a aquella mujer que te cuenta que está sufriendo algún tipo de violencia.
• Tene presente siempre la importancia del consentimiento.
• Investiga y lee sobre tus derechos para que estos no sean vulnerados.
Fuente: Licenciada Elizabeth Schulz. Psicóloga. Especialista en psicología analítica. Sexóloga clínica y educativa acreditada por FESEA. Presidenta de la Federación Sexológica Argentina. FESEA.
Presidenta de la Asociación de Educación Sexual y Sexolólogica de Bahía Blanca. AESYS
Directora de Carmenta, Instituto de psicología y sexualidad femenina.
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